Servicios JurÍdicos Profesionales
FAMILIA:

Ofrecemos asesoramiento y defensa técnica legal en Derecho de familia mediante un estudio personalizado de los antecedentes y situación real económica y afectiva del cliente, así como de todos los miembros familiares directa o indirectamente afectados por el proceso, tanto en modelos de unidades familiares matrimoniales como en modelos de uniones de hecho en las siguientes áreas:

  • Filiación y emancipación.
  • Adopción.
  • Patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas, pensiones de alimentos y compensatoria y atribución de domicilio familiar.
  • Derechos de los Menores.
  • Incapacidad.
  • Tutela.
  • Secuestro de menores.
  • Testamentos y procedimientos sucesorios.

Ante situaciones de crisis o ruptura de pareja y, con un marcado carácter conciliador, disponemos de diferentes procesos de resolución pacífica de conflictos, como:

  • La mediación.
  • La negociación.

Cuando, a través de estos medios, no es posible alcanzar el acuerdo satisfactorio para todas las partes implicadas, es necesario recurrir a la vía judicial e instar procesos tales como:

  • Las medidas provisionales previas o simultáneas al procedimiento principal.
  • El procedimiento de separación.
  • El procedimiento de divorcio.
  • La modificación de medidas.
  • La ejecución de sentencia.
  • La solicitud de autorización judicial en materia de menores.
  • Administración/liquidación régimen económico matrimonial.

A su vez, a petición del cliente, y cuando resulte procedente, contamos con la posibilidad de deducir la nulidad matrimonial, civil o religiosa.

Mediación familiar.

Es un proceso de resolución de conflictos familiares, mediante el cual, con la intervención del mediador, que es un profesional neutral, se intenta conseguir que la pareja llegue a acuerdos para que su separación o divorcio se realice de la forma menos conflictiva posible y que los pactos sean sostenibles en el tiempo. Se caracteriza por la voluntariedad, imparcialidad, confidencialidad y por el carácter personalísimo.

Separaciones, divorcios y rupturas de parejas de hecho.

La separación consiste en una resolución judicial, mediante la cual el Juez autoriza a los cónyuges para que puedan vivir separados de cuerpos y bienes, pero sin que se posibilite con ella que los cónyuges vuelvan a contraer nuevo matrimonio. Si existen hijos menores o incapacitados, el juez resuelve las medidas necesarias para su debida protección. Si existe acuerdo previo entre los cónyuges, la separación puede tramitarse de mutuo acuerdo, y de lo contrario, se tramita de manera contenciosa.

Con el divorcio, el vínculo matrimonial se disuelve, y los cónyuges pueden volver a contraer matrimonio. Las parejas de hecho también pueden obtener de los Tribunales la tutela de sus derechos y obligaciones económicas o sobre los hijos, en procedimientos análogos a los matrimoniales.

Modificación de medidas y medidas provisionales.

Los cónyuges, o excónyuges si están o estuvieron casados o los padres, en el caso de las parejas de hecho, pueden solicitar respecto de sus hijos menores o incapacitados la modificación de las medidas que en su caso convinieron o aquellas adoptadas por la autoridad judicial, en defecto de acuerdo, siempre que hayan variado sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta al aprobarlas o acordarlas.

Disolución y liquidación de los regímenes económicos matrimoniales y de las comunidades de bienes.

Cuando los matrimonios o las relaciones de pareja se rompen, las partes han de liquidar el patrimonio común, o lo que es lo mismo, las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, previa deducción de las cargas o deudas generadas, practicándose un inventario y atribuyéndose a cada parte lo que legalmente le corresponda. Esta liquidación del patrimonio puede practicarse de mutuo acuerdo, judicial o extrajudicialmente o bien de forma contenciosa, ante los Tribunales.